Antecedentes generales:

  1.  El 13 de diciembre de 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que tiene como propósito fundamental asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos para todas las personas con discapacidad.
  2. El 30 de marzo de 2007, el Estado Mexicano firmó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificando dicho instrumento internacional, el 27 de septiembre del mismo año y publicándose el Decreto el 3 de mayo de 2008, mediante el cual entró en vigor la citada Convención.
  3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Estado Mexicano se obligó a adoptar
  4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, numeral 2 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los Estados Partes, de conformidad con sus sistemas jurídicos y administrativos, mantendrán, reforzarán, designarán y establecerán a nivel nacional, un marco que constará de uno o varios mecanismos independientes para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención en cita, tomando en cuenta el funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y difusión de los derechos humanos.
  5. El 21 de febrero de 2011, la Secretaría de Relaciones Exteriores, hizo un exhorto a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y sus análogas de las entidades federativas, para crear mecanismos independientes de monitoreo nacional y estatales, respectivamente, para la promoción y protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
  6. El 8 de marzo de 2011, en el marco de la Sesión Ordinaria 227 del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se determinó que el Organismo Nacional, se haría cargo de las tareas de promoción, protección y supervisión de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), creando así la Dirección General Adjunta de Atención a la Discapacidad.
  7. El 17 de junio de 2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió la firma del “Convenio Marco de Colaboración” entre sus homólogas estatales, con el objeto de crear e instrumentar el Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención, mediante el cual, las partes se obligaron a implementar las acciones correspondientes a fin de promover, difundir, proteger y supervisar los derechos humanos de las personas con discapacidad y ejercer así, las facultades para ejecutar el Mecanismo de Monitoreo referido, asimismo ejercer las acciones necesarias para implementar el Mecanismo Independiente de Monitoreo Estatal sobre la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  8. Durante el XLVI Congreso Nacional y Asamblea General Ordinaria de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos, celebrada del 6 al 7 de abril de 2017 en Guadalajara, Jalisco, los organismos públicos de derechos humanos, eligieron a los miembros de la Comisión de Gobierno del Mecanismo Independiente, con el objetivo de contribuir en el análisis del avance en la implementación de este tratado internacional.
  9. El 12 de junio del 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas al Reglamento de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mediante el cual se dio estructura formal al Mecanismo.

  Antecedentes estatales:

  1. El 9 de marzo de 2017, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a través de la Dirección General Adjunta de Atención a la Discapacidad, como parte del Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional, realizaron capacitación en la ciudad de Zacatecas, sobre el Mecanismo Nacional y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  2. El 12 de septiembre de 2017, el Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, acordó por unanimidad dar inicio con el proyecto del Mecanismo para Monitorear la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a través del análisis del Mecanismo Nacional y Mecanismos Estatales.
  3. Del 10 al 12 de julio de 2018 se llevó a cabo el Primer Encuentro Nacional de Mecanismos de Monitoreo de Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el cual se analizaron los mecanismos independientes estatales, su integración, facultades, funcionamiento, experiencias y retos.
  4. Una vez que se analizaron la integración, facultades, funcionamiento, experiencias, retos y resultados de los distintos modelos de mecanismos independientes estatales de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, vigentes en las distintas entidades de la República, se determinó la conformación del Mecanismo Independiente de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Zacatecas, con toda la estructura orgánica de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas y la participación de las organizaciones de la sociedad civil y expertos de la academia.
  5. El 24 de septiembre de 2018, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, Doctora en Derecho, Ma. de la Luz Domínguez Campos, emite el Acuerdo de Creación del Mecanismo Independiente de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Zacatecas, con el objeto de promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  6.   El Mecanismo Independiente de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Zacatecas, se integra con la siguiente estructura administrativa: la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas; el Comité Técnico Operativo y el Comité Técnico de Consulta.
  7. El 25 de septiembre de 2018, la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, Doctora en Derechos, Ma. de la Luz Domínguez Campos, en su carácter de Presidenta del Mecanismo Independiente de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de Zacatecas, conforma el Comité Técnico Operativo, integrado por la Secretaría Ejecutiva, la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Comunicación Social y el Centro de Estudios, Investigación y Divulgación de los Derechos Humanos.
  8. El 28 de mayo de 2019, se inician las actividades del Comité Técnico de Consulta, conformado por cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil en materia de discapacidad y dos expertos en materia de derechos humanos de personas con discapacidad.

  A continuación se muestra el PDF y su contenido:

 

Para leer el plan de terabajo  completo favor de descargar el PDF en el boton “Descargar”:

Link Externo para descargar: https://www.mecanismocdhezac.org/wp-content/uploads/2025/06/PLAN_TRABAJO_MECANISMO_DISCAPACIDAD_2025.pdf

Acerca del Autor

CDHEZ
---CDHEZ de la CDPD--- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas nació el 17 de enero de 1993, a través del Decreto # 15, emitido por la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado, con este instrumento se materializó el anhelo de los zacatecanos de contar con un organismo que combatiera todo vestigio de autoritarismo, prepotencia, impunidad o abusos, que provenientes del poder público fueran motivo para que se limitaran las libertades consagradas en nuestra Carta Magna, para impedir el tratamiento discriminatorio por razones de origen, sexo, religión, idioma, credo político o condición social.

Deje un Comentario